Y el Código Penal español no sirve para nada.
Los musulmanes han conseguido algo insólito desde una perspectiva de los cristianos europeos. Han conseguido que la ONU esté dispuesta a formular una declaración contra la blasfemia a petición de la Conferencia Islámica, y que Solana, el responsable de la política exterior de la UE lo suscriba. La razón de Solana es que en la UE “tenemos un profundo respeto hacia los musulmanes”. Al mismo tiempo los daneses han respondido mayoritariamente a una encuesta afirmando que comprenden por qué los musulmanes están furiosos con las caricaturas.
Mientras esto sucede en el mundo, el artículo 525 del Código Penal español, castiga con multa a quienes ofendan los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa mediante el “escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen a quienes los profesen y practiquen”. Atención porque se trata de una modesta multa pero, a pesar de ello, vean como se han venido comportando los tribunales españoles:
El autor de un videojuego donde se disparaba contra nazarenos durante la Semana Santa fue juzgado en Sevilla el pasado octubre. El fiscal pedía 10 meses de multa por un delito contra los sentimientos religiosos. El acusado pidió perdón porque no tuvo intención de ofender. Fiscal y acusación particular (tres hermandades sevillanas) retiraron los cargos. Fue Absuelto.